’06 – Sesión Deudores Hipotecarios
Miércoles 8 de Marzo de 2006.
EL SENADO APROBO EL PROYECTO QUE SUSPENDE POR 90 DIAS LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS.
La iniciativa del Ejecutivo también suspende los desalojos por igual tiempo.
Para el senador Fernández la norma está destinada a proteger la vivienda familiar.
El proyecto se aprobó luego de un intenso debate, en donde el senador Nicolás Fernández, presidente de la Comisión de Legislación General responsable de elaborar el dictamen, puso de manifiesto su fundamento: “A partir del desencadenamiento de la crisis del 2001 y hasta el día de la fecha, este Congreso se abocó a proteger la vivienda única, familiar y de ocupación permanente de miles de deudores hipotecarios de todo el país. Se entendió, desde entonces, el rol del Estado como garante de los derechos y garantías, sin que ello implicara inclinar la balanza a favor de unos en desmedro de otros”, expresó.
El legislador destacó que la ley se enmarca dentro de un proceso de emergencia económica, donde las enmiendes jurídicas “ presentan notables diferencias con las que se llevan a cabo en períodos de sosiego”.
Asimismo dejó en claro que el proyecto propone soluciones que no resultan lesivas para el núcleo esencial de los derechos subjetivos fundamentales a los que limita. Aseguró que los medios que escoge, entre ellos la suspensión temporaria de ejecuciones hipotecarias y desalojos, resultan más que idóneos y eficaces a los efectos de la crisis económico-financiera que padeció nuestro país: “Es válido destacar, que no se han planteado soluciones alternativas que, siendo realistas, resulten menos gravosas para los derechos afectados por las medidas de emergencia cuya implementación postula el presente Proyecto”.
IGUALDAD ANTE LA LEY
Sobre este controvertido tema, Fernández subrayó que los Tribunales justifican la violación del derecho de igualdad en la circunstancia que no respeta el esfuerzo compartido, sin embargo, se observa que las distintas sentencias dictadas no están de acuerdo sobre el alcance de dicho principio.
Para finalizar apuntó que la Ley N° 25.798 procuró fijar un criterio objetivo e igualitario, para todos los acreedores y deudores.
Sólo quiero mencionar a manera de reflexión, la necesidad de que los jueces en sus sentencias, al analizar y fallar sobre estas leyes entiendan como ha señalado, el Máximo Tribunal de Justicia, que “La misión más delicada que compete al Poder Judicial es la saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones, toda vez que es el judicial el llamado por la ley para sostener la observancia de la Constitución Nacional, y de ahí que un avance de este poder en desmedro de las facultades de los demás revestiría la mayor gravedad para la armonía constitucional y el orden público”.










